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En consecuencia, la reparación civil dentro de esos márgenes debe ser acorde con la trascendencia del hecho, además que no resulte simbólica e imposible de ser cumplida por el sentenciado, a riesgo de no rehabilitarse o cumplir los objetivos constitucionales de la pena y, por el contrario, estigmatizar a la persona.

Si hay algo en lo que destacamos como despacho abogados en delito contra la salud pública es nuestro compromiso fiel con cada cliente. Por ello, te aseguramos una defensa sólida y bien estructurada, con base en las pruebas aportadas y aplicación exhaustivo tanto de jurisprudencia como del CP.

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El delito de tráfico de drogas también se consuma cuando la cantidad y variedad de sustancias encontradas supera los límites establecidos por el Código Penal.

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Estas cantidades son simples referencias, susceptibles de matizaciones en cada caso concreto, así lo recoge la sentencia de twelve de marzo del 2004 298/2004:»Ello no impide que la cifra pueda ser cuestionada en cada caso por las partes en enjuiciamientos futuros, aportando en su caso dictámenes periciales contradictorios, ni tampoco priva obviamente a las Salas sentenciadoras de su facultad de valorar dichos informes conforme a las reglas de la sana critica, en un proceso penal que se caracteriza por la vigencia del principio contradictorio».

El Código Penal contempla un amplio abanico de penas para los delitos de tráfico de drogas. Estas penas pueden ser de prisión y multas monetarias, siendo su duración y cuantía determinadas por la gravedad de los hechos y los factores mencionados anteriormente.

Francia es conocida por tener algunas de las leyes más estrictas contra las drogas en Europa. El país ha adoptado una postura firme en la lucha contra el tráfico y consumo de drogas ilegales.

Peligrosidad de la sustancia: La naturaleza y el nivel de peligrosidad de la droga también son elementos a tener en cuenta. Sustancias consideradas más peligrosas o causantes de un mayor daño a la salud pública pueden implicar penas más severas.

Cuando es la primera vez que se comete la infracción se impone la multa que corresponde al grado mínimo. La cantidad a pagar por la multa se fija la Administración de acuerdo a algunos factores, entre ellos están los siguientes:

Cuando una persona jurídica comete el delito contra la salud pública de tráfico de drogas, se establecen las siguientes penas:

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Fundamento destacado.- three.3: Ahora bien, es necesario establecer si en el presente caso ha existido el elemento esencial configurado por la agravante constituida en el artículo doscientos noventa y siete del Código Penal, al respecto, el Acuerdo Plenario N° tres guión dos mil cinco /CJ-116, ha precisado los aIcances de la citada agravante, relacionada a la intervención de tres o más agentes en este tipo de ilícitos, precisando que no basta la sola existencia o concurrencia sin más de una pluralidad de agentes (tres o más), sino es imperativo el conocimiento por parte de cada participante de la intervención de por lo menos tres personas en la misión del delito, contando con ella para su comisión; asimismo, la decisión conjunta o común del hecho en sus rasgos read more esenciales, para poder vincular funcionalmente los distintos aportes al delito, en consecuencia la unión de agentes deberá efectuarse con interés común. En el caso de autos en torno a lo expuesto, se evidencia la inexistencia de la decisión conjunta por parte de los agentes, para la realización del evento delictivo, denotando ausencia de interés común, es decir el provecho, la utilidad que obtendrían todos de la realización del ilícito al que aportaban cada uno con su actuar, pues conforme se nota de los hechos el procesado José Guerra Chujandama, ha trabajado para los recurrentes pues les entregaba website el dinero producto de la venta de la droga, conforme lo ha sostenido en su declaración preliminar, frente a las circunstancias de su intervención por personal policial, donde desde un primer momento señala que la mercadería le period otorgada para la venta por la recurrente de nombre «Elvira», y ante el juicio oral en la confrontación que sostuvo con los procesados, – véase fojas setecientos cinco y siguientes lo ratificó, ésta circunstancia además ha sido reconocida en la sentencia recurrida, que ha indicado que Guerra Chujandama, ha sido utilizado por sus coacusados para la realización del delito; en tal sentido se evidencia la relación de dependencia que mantenía frente a sus coprocesador, por tanto no se encuentra corroborado que los tres tenían el objetivo común de promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de drogas; por tanto se determina la inexistencia de un nexo más intenso con sus coacusados, siendo su rol no de relevancia sino de carácter periférico, no constituyendo por ende su conducta los alcances de la agravante prevista; en tal sentido evidenciado que no existe concurrencia de tres o más personas informe al plenario descrito corresponde no aplicar la agravante, prevista en el inciso seis del artworkículo doscientos noventa y siete del Código Penal, en el presente caso.

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